Artículo 19 del RGPD: Obligación de notificar rectificación, supresión de datos o limitación de tratamiento

Artículo 19 del RGPD: Obligación de notificar rectificación, supresión de datos o limitación de tratamiento

El Artículo 19 del RGPD explicado

Cuando los datos personales hayan sido rectificados, suprimidos o su tratamiento haya sido limitado (en virtud de los artículos 16, 17 y 18), el responsable del tratamiento deberá notificarlo a todo destinatario al que se hayan comunicado los datos.

Asimismo, deberá informar al interesado acerca de dichos destinatarios, si este lo solicita.

¿Por qué es importante este artículo para su cumplimiento RGPD?

Este artículo garantiza una coherencia en la actualización o supresión de los datos, incluso cuando estos se hayan compartido con terceros. Es crucial para evitar que los destinatarios sigan tratando datos obsoletos o no conformes.

¿Cómo cumplir con el Artículo 19 del RGPD?

  • Mantenga un registro claro de los destinatarios a quienes usted transmita datos personales.
  • Automatice las notificaciones en caso de rectificación, supresión o limitación.
  • Informe a los interesados acerca de los terceros que han recibido sus datos previa simple solicitud.
  • Conserve una prueba de las notificaciones enviadas.

Ejemplos de aplicación del Artículo 19 del RGPD

  • Una empresa rectifica un error en los datos de un cliente y notifica a sus encargados del tratamiento de marketing.
  • Tras la eliminación de un perfil de usuario, el proveedor de servicios de email marketing también es informado para actualizar sus archivos.
  • Un empleado solicita saber qué servicios de RR. HH. han sido informados de la modificación de su apellido.

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