Artículo 43 del RGPD: Organismos de certificación
El Artículo 43 del RGPD explicado
Para que una organización pueda emitir certificaciones RGPD, debe:
- Estar acreditado por la autoridad de control (p. ej., la autoridad de control francesa) o por un organismo nacional de acreditación;
- Cumplir con los criterios definidos (competencia, independencia, imparcialidad, transparencia, etc.);
- Someter a aprobación el conjunto de sus criterios y procedimientos de evaluación;
- Someterse a controles regulares por parte de la autoridad de control.
Las certificaciones emitidas no deben en ningún caso reducir la responsabilidad del responsable del tratamiento.
¿Por qué este artículo es importante para su cumplimiento RGPD?
La certificación emitida por un organismo acreditado permite garantizar la fiabilidad de su enfoque de cumplimiento. Refuerza la credibilidad de la evaluación realizada y ofrece un reconocimiento oficial de sus compromisos.
Ejemplos de aplicación del Artículo 43 del RGPD
- Una empresa obtiene una certificación Europrivacy emitida por un organismo acreditado de acuerdo con las normas del artículo 43;
- Una empresa rechaza una certificación RGPD falsa porque el organismo no estaba reconocido;
- Un subcontratista elige un estándar certificado por un organismo acreditado para demostrar su conformidad.
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¿Cómo cumplir con el Artículo 43 del RGPD?