Artículo 61 del RGPD: Asistencia mutua entre autoridades de control
El Artículo 61 del RGPD explicado
Las autoridades de control deben:
- Prestarse asistencia mutua para garantizar la aplicación uniforme del RGPD;
- Intercambiar toda información útil, a petición o de forma espontánea;
- Responder en un plazo de un mes a las solicitudes de las demás autoridades;
- Utilizar medidas coercitivas si es necesario (ej.: registro, recopilación de pruebas).
En caso de negativa a cooperar, el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) puede intervenir para resolver el litigio.
¿Por qué es importante este artículo para su cumplimiento RGPD?
Este artículo permite garantizar una coherencia en los controles y las decisiones dentro de la UE. Para las empresas que operan en varios países, esto refuerza la seguridad jurídica y evita las contradicciones entre autoridades nacionales.
Ejemplos de aplicación del Artículo 61 del RGPD
- Una autoridad irlandesa solicita a la autoridad de control francesa información sobre una empresa con una entidad secundaria en Francia;
- Dos autoridades cooperan para llevar a cabo una inspección sobre prácticas de geolocalización comunes a varios países;
- Un intercambio de piezas procesales se transmite a través de la plataforma europea de cooperación administrativa.
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¿Cómo cumplir con el Artículo 61 del RGPD?