Artículo 40 del RGPD: Códigos de conducta
El Artículo 40 del RGPD explicado
Las asociaciones profesionales, organismos representativos o actores de un sector determinado pueden elaborar códigos de conducta con el objetivo de:
- Clarificar las obligaciones en materia de protección de datos en un contexto específico;
- Precisar la aplicación de los principios del RGPD (ej.: información, consentimiento, seguridad…);
- Proponer soluciones concretas para el cumplimiento (formatos de información, herramientas, procedimientos…).
Estos códigos pueden ser sometidos a validación por la autoridad de control (ej.: la autoridad de control francesa) e incluso pueden ser reconocidos a nivel europeo.
¿Por qué es importante este artículo para su cumplimiento con el RGPD?
Los códigos de conducta constituyen un referente de buenas prácticas reconocido por las autoridades. Adherirse o inspirarse en ellos permite reforzar su cumplimiento, especialmente en los sectores donde la normativa puede parecer compleja o difícil de interpretar.
Ejemplos de aplicación del Artículo 40 del RGPD
- Una agrupación de hospitales define un código de conducta para regular el acceso a los datos de salud;
- Empresas de comercio electrónico acuerdan buenas prácticas en materia de cookies y publicidad dirigida;
- Una asociación de PYMES del sector de la construcción establece una guía simplificada conforme al RGPD para sus miembros.
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¿Cómo cumplir con el Artículo 40 del RGPD?